viernes, 11 de julio de 2014

EL MARTES 15 DE JULIO TOD@S A MADRID



El próximo martes día 15 de julio a las 10 horas, se verá en la Audiencia Nacional, sita en Madrid  C/Goya nº 14, la demanda presentada por C.G.T. contra el expediente de regulación de empleo de RTVV.

En primer lugar, CGT constata y traslada que la extinción de 1608 trabajadores de RTVV adscritos a diferentes centros de trabajo de varias Comunidades Autónomas, se basa en la promulgación de la Ley 4/2013 de 27 de noviembre de la Generalitat que supuso la supresión del servicio público así como la liquidación de RTVV SAU, Ley que ha sido recurrida por inconstitucionalidad al conllevar su promulgación vulneración de varios derechos fundamentales.

Aparte, CGT alude el hecho de que entre las causas de ERE de extinción reguladas por el ET no consta ninguna como la alegada. Además, que la Ley fuera promulgada a raíz de la sentencia que anulaba el anterior ERE (el mismo día en que se hizo pública la sentencia, la Generalitat legislaba para suprimir la prestación de servicios y extinguir RTVV) “es un claro atentado contra el derecho a la tutela judicial efectiva”, en referencia a los afectados por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que anulaba aquel ERE.

Sobre este asunto, CGT señala dos aspectos esenciales: que el legislador autonómico procede al cese de la actividad empresarial de RTVV SAU “por su mera voluntad pese a existir posibilidades económicas de continuar”, y que, además, “decreta la extinción de los contratos de la totalidad de la plantilla por tal causa y dispone al efecto el procedimiento a seguir, aun cuando dicha causa no se haya contemplado legalmente” por el ET. La Generalitat incurre de este modo en un “posible exceso competencial”, suponiendo todo ello una vulneración de la legislación básica estatal.

Asimismo, y haciendo hincapié en que la Ley 4/2013 no constituye causa legal de despido colectivo y que tampoco responde a un supuesto de fuerza mayor del ET, CGT evidencia que no existe cobertura legal alguna para la decisión del Consell y sí una “clara manifestación empresarial de desviación de poder”, en busca de “objetivos en abuso de derecho no amparados por el ordenamiento social, alterando la finalidad institucional del despido colectivo”.

En consecuencia, CGT desmonta la argumentación de RTVV SAU para justificar el despido colectivo, demostrando que no se trata de una extinción de relaciones de trabajo por desaparición de la personalidad jurídica del contratante, sino por el cese de la actividad empresarial de RTVV SAU y la extinción de los contratos, y que, en todo caso, suponiendo que sí lo fuera, la empresa está obligada a justificar qué causas económicas, técnicas, organizativas o de producción concurren como determinante de la extinción.

Pero el núcleo de la tesis de la Confederación General del Trabajo radica en la actuación fraudulenta de RTVV respecto a la aplicación de la sentencia del TSJCV que afectó a más de 1000 trabajadores.
La readmisión inmediata de estos “había sido acordada dos días antes de la aprobación de la ley” a pesar de que la sentencia tiene un carácter meramente declarativo. Así, tras haber renunciado a interponer recurso de casación contra las sentencia, RTVV SAU procedió de facto como si la sentencia consistiera en la impugnación de un acto administrativo, es decir, que no actuó conforme a lo dispuesto legalmente.

Impuso unilateralmente el restablecimiento de la relación laboral de quienes habían sido despedidos individualmente, solicitó a la Seguridad Social la anulación de las bajas, cotizó por los salarios dejados de percibir y dedujo las prestaciones de desempleo. Algo incompatible con la naturaleza de la sentencia, declarativa, que no impedía que se siguieran tramitando las impugnaciones individuales de la extinción de cada contrato.

Fue esta decisión de RTVV la que condujo a un injustificado sobredimensionamiento formal de la plantilla, algo que fue intencionadamente buscado de forma arbitraria. La finalidad, afirma CGT, era provocar “con maquinaciones insidiosas, que la representación legal de los trabajadores suscribiera el acuerdo”. Además, el artificioso sobredimensionamiento consecuencia de la readmisión, comportó la anulación de las prestaciones de desempleo debidamente percibidas, realización indebida de cotizaciones a la Seguridad Social, etc.

Y, por último, RTVV adujo en su memoria explicativa para iniciar el período de consultas que culminó en acuerdo, causa objetiva equiparable a fuerza mayor, causa que según el ET “deberá ser constatada por la Autoridad Laboral”, lo que no se hizo en ningún momento, con lo que el procedimiento extintivo no es el legalmente establecido. Consecuencia directa de todo ello fue que en el acuerdo alcanzado y firmado por los representantes de los trabajadores, se manifestó expresamente la inexistencia de las causas legales motivadoras del despido colectivo. En definitiva, CGT concluye que el acuerdo alcanzado se produjo sin existencia de causa legal y o real, lo que implica fraude de ley y abuso de derecho por parte de RTVV.

La sección sindical de C.G.T. en RTVV, ha convocado una concentración ante la Audiencia, durante la duración del Juicio, al objeto de protestar ante este ataque a los medios de comunicación públicos y ante el cierre injustificado y fraudulento de Radiotelevisión Valenciana.

NOS VEMOS EL MARTES EN MADRID.

6 comentarios:

  1. Bueno.... eso de "todos a Madrid"... supongo que seréis algunos de la minoría que votó no al acuerdo, en contra de la inmensa mayoría que votó sí... Estáis prolongando la angustia de los trabajadores...Dejadlo ya, por favor...

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  2. Soy extrabajador de RTVV y fui trabajador durabte 18 años y voté si al acuerdo . En relación al comenrario anterior, seguramente si serán esos de la minoria que tu dices (30% una minoria significativa), los que se movilicen y acudan a Madrid, pero tanto si son 2 como 200 están en su pleno derecho. Al igual que CGT esta en su pleno derecho de no firmar el acuerdo y de llevarlo a la AN. El sufrimiento al que tu aludes lo han provocado todos los que estos días están pasando por el juzgado de Paterna y muchos otros que no van a pasar. Sufrimiento es que te roben tu puesto de trabajo y se justifique por problemas de plantilla, te puedo asegurar que aunque hinchada, no es la responsable del agujero de 1300 millones de euros, los responsables hay que buscarlos en otro sitio, por ejemplo en la calle Quart.
    En fin, yo me despido justo al contrario, por favor, no lo dejeis.

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  3. Mucho ánimo y ADELANTE! Hasta el final!!!

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  4. eso, eso, la minoría a Madrid, a defender como siempre a la gran mayoría, que se limita a aplastar la democracia, con su aplastante mayoría. no todos somos de pensamiento único, las indefensas minorias hay que cuidarlas y mimarlas, porque de ellas depende la verdadera democracia. Ah coño, si tienes angustia no leas nuestro blog, Lee el camacuc, o el mundo obrero.

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  5. Verdad tendría que ser que tuvierais angustia y ojala no se os pase nunca a todos los que nunca hicisteis nada por defender el puesto de trabajo, claro que como os lo dieron a dedo lo único que os importaba era coger la indemnización y a que os enchufen en otro sitio, asi que compañeros Endavant ¡¡ y fins al final, fins al final, FINS AL FINAL (pero esta vez de verdad)

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  6. Yo no entré por oposición, pero tampoco entré a dedo ni por enchufe, y siempre estuve pendiente por si salian oposiciones y presentarme. Estoy con la CGT hasta el final, yo no quiero indemnización, yo quiero volver a trabajar y hacer lo que mejor se me da, y además, lo que más me gusta. Un saludo y mucho ánimo. Por cierto, a los que dicen lo de minoría (30%), hay que ver lo que no fueron a votar que fueron también una gran mayoría, que hubiese pasado,....

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